EL ACUERDO DE BIENES RAÍCES DE CAPTACIÓN
- Angélica Blandón
- 26 ene 2019
- 3 Min. de lectura
Actualizado: 29 mar 2020
Muchos de ustedes, queridos clientes, alguna vez les han presentado un acuerdo o contrato de parte de un agente y/o inmobiliaria para captarles el inmueble y ayudarles a vender o arrendar su patrimonio. En este breve escrito, les quiero dejar algunos puntos importantes que deben tener en cuenta sobre este contrato y porqué es esencial para los negocios inmobiliarios.
Lo primero que debemos tener en cuenta es que un agente que no te ofrece un acuerdo sobre la prestación de sus servicios, puede que llegue a ser muy informal en las tareas que debería de cumplir como tu agente. Es por esto, que siempre les recomiendo a mis colegas Independientes que tengan su acuerdo, ya que esto te dan un sentido no solo de pertenencia con la tarea, sino también un establecimiento claro de deberes, derechos y responsabilidades.

Otro punto importante a tener en cuenta es el tipo de acuerdo. Todos deben tener estos 4 puntos claves en el acuerdo:
1. Identificación de la partes. No solo debe quedar por escrito quien es el propietario, sino también quien es el agente o inmobiliaria que prestará el servicio con numero de identificación. Aquí también incluyo el objeto del contrato.
2. Plena identificación del inmueble (s) en cuestión. Hay que dejar claro sobre qué inmueble se va a hacer el trabajo de servicio y promoción inmobiliario. Dirección, matricula inmobiliaria, valor de venta/arriendo convenido para iniciar la promoción, valor de la administración. Es decir, como decimos aquí en Barranquilla, todos los "pelos y señales".
3. Debe estar claramente detallado los deberes y derechos de cada una de las partes. Creemos en muchos casos que este punto solo es para el agente - inmobiliaria, pero es claro y definitivo que sin la colaboración en equipo con el propietario, es imposible lograr cumplir con los objetivos. Les pongo un caso que me pasó al inicio de mi carrera inmobiliaria.
Luego de haber firmado el acuerdo y de estar realizado tareas de promoción y socialización del inmueble, nos llegó una cantidad muy interesante de clientes calificados con gran interés en adquirir la casa. Cada cliente tenia diferentes propuestas, y dos resaltaban en la mesa. Pero siempre hubo un pero. No podía llegar a tiempo a la cita para ver el inmueble, estaba muy ocupado, no respondía mis llamadas ni correos; en fin, no podía contactarme con él. Cuando finalmente logramos hablar, al reclamarle, me dice que el no tenia ninguna responsabilidad de nada. Que cumpliera con mi parte del trato tal como habiamos quedado. Oh! sorpresa, al revisar ese acuerdo, claramente no estaba estipulado sus deberes, pero si estaban explícitos sus derechos y al omitirlo, el se apegaba a lo escrito. Pero así como a mi me pasó, a ustedes también les podría pasar con su agente. No nos enfoquemos en la mala fe, sino más bien en cómo cuando uno no deja las cosas completamente claras, se puede dar a interpretaciones de todo tipo, por lo tanto, malos entendidos.
4. El pago de los honorarios. Sin mas, todos queremos saber cuanto se va a recibir por el trabajo hecho, cuando se hará el pago y bajo qué condiciones. Así como Cuanto debes pagar por los servicios solicitados.
Cabe resaltar que SIEMPRE debe estar la fecha. Esto nos dice que día comenzó esta alianza.
No le tengamos miedo a los acuerdos de captación. Veamoslo como una herramienta que permite que esta alianza sea productiva y de mutuo beneficio.
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Si tienes preguntas, escríbeme a mi correo angelicablandonflorez@gmail.com
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*Locación: @AristasColombia Barranquilla
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*Modelo: @LissettBarraza